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La
Exteriorización engloba todos
aquellas compromisos derivados de
obligaciones legales o contractuales
de las empresas con sus trabajadores
y beneficiarios, recogidas en
Convenio Colectivo o disposición
equivalente y vinculados a
contingencias de jubilación,
invalidez o fallecimiento.
La
normativa en vigor obliga a que las
empresas que mantengan compromisos
por pensiones con sus trabajadores
los formalicen antes del 16 de
noviembre del año 2002,
estableciéndose su incumplimiento
como una infracción en materia
laboral de carácter muy grave.
Igualmente, se establece que dichos
compromisos sólo podrán
instrumentarse mediante un Plan
de Pensiones del Sistema de Empleo
o mediante un Seguro Colectivo de
Vida.
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