cobertura básica
Responsabilidad Civil de explotación  

Los riesgos que, a título indicativo, se encuentran amparados son:

     

  • Por su condición de propietario, arrendatario o cualquier otro título de uso de bienes inmuebles destinados al desarrollo de la actividad empresarial.
  • Por la propiedad o tenencia de redes e instalaciones de agua, gas, electricidad, etc.
  • La realización de trabajos fuera de los recintos de la empresa.
  • Daños ocasionados a las personas que ocasionalmente se encuentren en los recintos de la empresa, tales como proveedores, clientes, etc…
  • Las operaciones de carga, descarga, transporte y distribución de mercancías.
  • El empleo de maquinaria o utillaje industrial.
  • Daños causados por acciones u omisiones negligentes de los empleados del asegurado.
  • La responsabilidad que directa, solidaria o subsidiariamente pudiera corresponder al asegurado por daños ocasionados por contratistas, subcontratistas y otros no dependientes

     

 

Gastos de defensa y fianzas  

     

  • La defensa del asegurado frente a la reclamación asumiendo MAPFRE los costes y gastos judiciales y extrajudiciales.
  • La constitución de las fianzas judiciales exigidas para garantizar la responsabilidad civil del Asegurado.

     

 

coberturas opcionales
R.C. por accidente de trabajo  

Esta cobertura ampara las reclamaciones por las lesiones corporales sufridas por los trabajadores que tengan su causa en accidentes de trabajo en los que el empresario haya incurrido en culpa o negligencia y por tanto de los que sea civilmente responsable, por actos propios o de personas por las que legalmente debe responder.
Análogamente, cubre la Responsabilidad Civil que le sea exigida por los accidentes de trabajo sufridos por otros contratistas, subcontratistas propios o ajenos y personal dependiente de todos ellos

 

R.C. de Productos Trabajos Acabados o Servicios Prestados  

Esta cobertura ampara las reclamaciones por las lesiones corporales sufridas por los trabajadores que tengan su causa en accidentes de trabajo en los que el empresario haya incurrido en culpa o negligencia y por tanto de los que sea civilmente responsable, por actos propios o de personas por las que legalmente debe responder.
Análogamente, cubre la Responsabilidad Civil que le sea exigida por los accidentes de trabajo sufridos por otros contratistas, subcontratistas propios o ajenos y personal dependiente de todos ellos