| para usted y los suyos POLIZA LIDER | |
| Seguro obligatorio |
Cobertura de la Responsabilidad civil obligatoria. Cubre lo establecido por la ley en cuanto a las lesiones y los daños producidos a terceros por el vehículo asegurado.
|
| Responsabilidad civil suplementaria |
Cobertura complementaria de la Responsabilidad civil obligatoria ampliada hasta la cuantía de 50.000.000 Euros.
|
| Responsabilidad civil por remolques y caravanas |
En el caso de turismos de uso particular, cubre la Responsabilidad civil derivada de los daños producidos a Terceros por remolques, caravanas y por los objetos transportados en el vehículo asegurado.
|
| Responsabilidad civil del conductor declarado y el tomador como ciclistas |
Cubre la Responsabilidad civil del conductor declarado y el tomador cuando intervengan como ciclista (no profesional) en cualquier accidente de circulación, con límite de 60.200 Euros
|
| Responsabilidad civil del hijo menor de edad conduciendo sin carnet |
Cubre la Responsabilidad civil del hijo del tomador como conductor, cuando sea menor de edad, aunque carezca del correspondiente permiso de conducir, con límite de 60.200 Euros.
|
| Defensa jurídica |
Garantiza el pago de los gastos ocasionados para la defensa jurídica del asegurado, en cualquier procedimiento judicial o arbitral derivado de accidente de circulación con el vehículo asegurado, hasta el límite fijado en las Condiciones Particulares de la póliza:
|
| Asistencia en viaje (Km. 0) |
Servicios y prestaciones para el vehículo y sus ocupantes, con ocasión de accidente, avería o robo, en sus desplazamientos por España o el extranjero.
|
| Seguro del conductor |
30.000 Euros de indemnización en caso de muerte o invalidez permanente, acaecida en viaje con el vehículo asegurado. Se amplían sus prestaciones con las garantías para caso de muerte o invalidez permanente para el conductor declarado y el tomador del seguro como peatón o ciclista (no profesional).
|
| Defensa en multas de tráfico |
Asesoramiento jurídico al conductor en relación con las multas de tráfico, así como elaboración de recursos y pliegos de descargo.
|
| Subsidio por privación temporal del permiso de conducir |
Indemnización diaria (hasta tres meses) cuando al conductor habitual del vehículo se le retire temporalmente el permiso de conducir.
|
| Indemnización por inmovilización del vehículo |
Compensación económica en caso de que el vehículo sea inmovilizado para reparación como consecuencia de un accidente (cuando la reparación requiera más de 20 horas de mano de obra).
|
| Acontecimientos extraordinarios (daños personales) |
Indemnización por los daños personales a consecuencia de catástrofes naturales, terrorismo o actuaciones en tiempos de paz de las Fuerzas Armadas y los Cuerpos de Seguridad del Estado.
|
| para su vehículo | |
| Rotura de parabrisas y lunas |
Cubre los daños ocasionados por la rotura parcial o total de las lunas.
|
| Incendio del vehículo |
Cubre los daños derivados del
incendio.
|
| Robo y hurto del vehículo |
En caso de pérdida total, indemnización del 100% del valor de nuevo del vehículo durante el primer año de matriculación. Elección entre indemnización o reposición. En caso de pérdida total del vehículo, el asegurado podrá optar por la indemnización o por la reposición del vehículo. En caso de sustracción de piezas, se cubre el 100% del coste.
|
| Daños propios del vehículo |
Cubre los daños por accidente, tras la aplicación de la franquicia fijada en las Condiciones Particulares. En caso de pérdida total, indemnización del 100% del valor del vehículo nuevo durante los dos primeros años de matriculación y por el 80% el tercer año. En este caso no se aplicará la franquicia. Elección entre indemnización o reposición. En caso de pérdida total del vehículo, el asegurado podrá optar por la indemnización o por la reposición del vehículo.
|
| Préstamo para reparación del vehículo |
Por el importe de la franquicia, para la reparación del vehículo como consecuencia de un accidente en el que no haya un tercero responsable.
|
| Limpieza del vehículo por transporte de heridos |
Se reembolsan los gastos de limpieza y reparación de desperfectos que se produzcan por el transporte de heridos a un centro sanitario.
|
| Acontecimientos extraordinarios (daños materiales) |
Indemnización por los daños que pueda sufrir el vehículo asegurado a consecuencia de catástrofes naturales, terrorismo o actuaciones en tiempos de paz de las Fuerzas Armadas y los Cuerpos de Seguridad del Estado.
|